Viaje del buque fantasma "Seikogen" con bodegas repletas de salmones en descomposición

Viaje del buque fantasma "Seikogen"
¿Por qué se traslada el buque con bodegas repletas de sustancias venenosas a un puerto no habilitado para este tipo de maniobras?
¿La región de los lagos cuenta con vertederos o rellenos sanitarios para tratar estos RILes?
Los vertederos y rellenos sanitarios de la región de los lagos no tienen la capacidad para recibir las 200 toneladas del cargamento de materia en descomposición de salmones. Los que hoy estarían convertidos en percolados y que innegable mente, producto que se encuentran confinados en dos bodegas del barco, están produciendo Ácido Sulfhídrico que es incoloro e inoloro, y al contacto es letal para las personas. Y si se pretende trasladar por vía terrestre no existiría otra vía que no fuera cruzar por las urbes y la ruta 5, con el inminente peligro para la población y usuarios de la ruta concesionada. También no se ha explicado cuales son los protocolos de seguridad y las dotaciones de los tripulantes, tanto de los remolcadores como del "Seikogen". Hoy la responsabilidad recae en la Autoridad Marítima y La SEREMI de Salud de los Lagos.

Cronología de un Viaje misterioso
La travesía del  “Seikogen”: 17:40, 14/8/2018 El buque va navegando hacia océano. Entre faro corona y la isla Sebastián, muy despacio. 18:55, 14/8/2018 Se mantienen x ahí dando vuelta cerca de isla Sebastiana y faro corona, algo está pasando, ........ ………….. ...... ........ No se ve intención de navegar a ninguna parte, ...……….......... 19:24, 14/8/2018 ahí se ven ,3 juntos LSG pto Montt, LSG Chiloé y remolcador tal tal ahora rumbo a golfo Ancud. El verde de atrás es el Cóndor. 22:52 14/8/2018 Navegando canal de chacao rumbo a Golfo de Ancud…

Departamento Marítimo CUT



Nave cargada con 200 toneladas de sustancias venenosas fondeara en la bahía de puerto montt


Algo huele mal
“SEIKONGEN” fondera en la bahía de puerto montt en la ruta de los trasatlánticos que llegan cada año recalan en el puerto local.
Esto se desprende de la Sorpresiva decisión de la gobernación marítima de puerto montt, quien en un escueto comunicado señala: “Puerto Montt. La Gobernación Marítima informa aproximadamente a las 14:30 horas zarpó desde la Bahía de Quetalmahue, Ancud, con destino a Puerto Montt, el Wellboat “SEIKONGEN” decisión de la Autoridad Marítima con el propósito de posicionar este barco en un sector que otorgue un mejor resguardo de seguridad y un mayor soporte logístico, permitiendo de esta forma, minimizar el riesgo para las personas y el medio ambiente acuático. Los monitoreos efectuados han arrojado parámetros normales, considerándose a la nave “SEIKONGEN” como segura, y que no reviste peligrosidad hacia las personas y al medio ambiente. Su carga se encuentra confinada y asegurada en sus respectivas bodegas, no existiendo vertimiento hacia el interior ni al exterior de dicho barco. La Autoridad Marítima y de otros servicios públicos, efectúan toma de muestras de agua de mar, medición de gases emitidos hacia el ambiente y verificación de los elementos de seguridad, todo lo anterior realizado mediante un trabajo en conjunto por profesionales de medio ambiente, prevencionistas de riesgos e inspectores de cubierta y máquinas de la Comisión Local de Inspección de Naves de la Gobernación Marítima de Puerto Montt. Se hace presente a la comunidad que la Autoridad Marítima mantendrá una constante vigilancia y estricto control durante la permanencia de la nave en el punto de fondeo asignado al sur de la Isla Tenglo, mientras la empresa evalúa las alternativas para la descarga y disposición final de los residuos que se encuentran a bordo.”
Este buque tanque, anda en sus bodegas con 200 toneladas de sustancias venenosas desde hace 9 meses, lo que reviste un grave peligro para la seguridad ambiental y la vida humana y animal de la zona.
Noticia en Desarrollo…
Departamento Marítimo CUT LLanquihue

Sailor Austral Merchant sails with ARMASUR guild standard "to give life if necessary"

Sailor Austral Merchant sails with ARMASUR guild standard "to give life if necessary"
PUBLIC DECLARATION: "TOWING OF POISONOUS SUBSTANCES FROM CHONCHI TO TALCAHUANO"
With stupefaction we learned that the Wellboat SEIKONGEN, from the company CPT, which carried 200 tons of salmon, converted into hydrogen sulfide, and 67 thousand liters of oil. It goes from its place of sinking in Chonchi to the Port of Talcahuano since the night of Tuesday 7, towed by a vessel and another of similar characteristics from a distance to support in case of an emergency. Also an Navy ship, which all Chileans pay, involved in matters that are between private and insurance companies.
Our stupor is related to the working conditions in which the authorities allowed the departure of the tugboats, so as not to enter into the discussion of the serious technical shortcomings in terms of stability, cargo safety and compliance with IMO standards for these cases. In terms of work, the Ministry of Labor, Health, Transport, and DIRECTEMAR have violated several labor standards, starting with the hours in which the daily work is distributed on the bridge and the machine with only two officers, where at least three should be contemplated in each department to comply with the eight working hours and also with the minimum and uninterrupted rest of another eight hours. And, lack of support, with more professional staff, in the various departments of the tugboats, considering the weight of responsibility before such deadly burden to make timely and efficient decisions that can safeguard the physical integrity of all the rest of the crew.
Neither did an induction, to the crew of the tugboats, on possible contingencies and emergencies in front of a transport as lethal as the hydrogen sulfide carried by the sinister ship, nothing of explanations and comments, everything is secret to protect the company and in case of tragedy blaming the crew for human error, a response that has been recurrent in the summary investigations of DIRECTEMAR, to hide the truth about non-compliance with labor legislation, which results in fatigue due to long hours of work and poor quality as little time to rest. The work in the major and minor ships that operate from Puerto Monttt is NOT done with an international standard, due to the abuse, mistreatment, blacklisting, with a blind eye on the authorities.
We demand transparent responses to state agencies on the handling of the present emergency from the day it occurred.
DEPARTMENT MARÍTIMO CUT LLANQUIHUE

Marino Mercante austral navega con estándar gremio ARMASUR “hasta dar la vida si fuese necesario”


DECLARACION PÚBLICA: “REMOLQUE DE SUSTANCIAS VENENOSAS DESDE CHONCHI A TALCAHUANO”
Con estupefacción nos hemos enterado que el Wellboat SEIKONGEN, de la empresa CPT, que llevaba 200 toneladas de salmones, convertidos en ácido sulfhídrico, y 67 mil litros de petróleo. Se dirige desde su lugar de hundimiento en Chonchi hacia el Puerto de Talcahuano desde la noche del Martes 7 reciente, remolcado por un buque y otro de similares características desde la distancia para apoyar en caso de alguna emergencia. Además un buque de la Armada, que pagamos todos los chilenos, involucrado en asuntos que son entre privados y compañías de seguros.
Nuestro estupor se relaciona con las condiciones laborales en que las autoridades permitieron el zarpe de los remolcadores, para no entrar en la discusión de las graves falencias técnicas en cuanto a estabilidad, seguridad de la carga y el cumplimiento de las normas OMI para estos casos. En lo laboral, el ministerio del trabajo, el de salud, de transporte, y la DIRECTEMAR han vulnerado varias normas del trabajo, comenzando con las horas en que se distribuye la jornada diaria en el puente y la máquina con solo dos oficiales, donde a lo menos debiesen contemplarse tres en cada departamento para cumplir con las ocho horas laborales y además con el descanso mínimo e ininterrumpido de otras ocho horas. Y, falta apoyo, con más personal profesional, en los diversos departamentos de los remolcadores, considerando el peso de la responsabilidad ante tan mortal carga para tomar decisiones oportunas y eficientes que puedan salvaguardar la integridad física de todo el resto de la tripulación.
Tampoco se realizó una inducción, a los tripulantes de los remolcadores, sobre posibles contingencias y emergencias frente a un transporte tan letal como el ácido sulfhídrico que lleva  el buque siniestrado, nada de explicaciones y comentarios todo es secreto para proteger a la empresa y en caso de tragedia culpar a la tripulación por  error humano, respuesta que ha sido recurrente en las investigaciones sumarias de la DIRECTEMAR, para oculta la verdad sobre el incumplimiento a la legislación laboral, que se traduce en fatiga por las largas horas de trabajo y la mala calidad como escaso tiempo para descansar. El trabajo en las naves mayores y menores que operan desde Puerto Monttt NO se hace con estándar internacional, por los abusos, malos tratos, listas negras, con vista gorda de las autoridades.
Exigimos respuestas transparentes a los organismos del estado sobre el manejo de la presente emergencia desde el mismo día en que se produjo.
DEPARTAMENTO MARÍTIMO CUT LLANQUIHUE


barcaza de la empresa Detroit a segundos de hundir bote sector quemchi


 20 julio 2018 17:15 horas, barcaza de la empresa Detroit por una distracción inexcusable estuvo a segundo de aplastar a bote motor en la zona del mar de Chiloé, trayecto mar entre las comunas de quemchi - achao


























Trabajadores Marina Mercante apoya la modificación al cabotaje que presenta expectativas favorables para el desarrollo de muchas actividades de transporte de pasajeros


Puerto Montt, 20 de junio del 2018

Comisión del Trabajo y Previsión  Social
Senado de La República de Chile
Presente

La Federación Nacional de Sindicatos de Oficiales de Naves Mercantes y Especiales de Chile (FENASIOMECHI); la Federación de Sindicatos Marítimos (FESIMAR- CUT);  el Sindicato Empresa Oficiales Compañía Naviera FRASAL S.A.;   el CONSEJO SUR AUSTRAL DE TRABAJADORES DE LA MARINA MERCANTE (COSATRAM), respetuosamente se dirigen a ustedes con motivo de la sesión de esa comisión que trata:
9656-15 Dar inicio al análisis del proyecto de ley que modifica el artículo 3° del decreto ley N° 3.059, de 1979, para autorizar el cabotaje de pasajeros a cruceros de bandera extranjera, en los casos que señala. 13/06/2018 La Comisión dio inicio al estudio del proyecto escuchando a la Subsecretaria de Turismo, señora Mónica Zalaquett, quien expuso sus apreciaciones en relación con el proyecto de ley. Luego hizo uso de la palabra la señora Patricia López, Gerente de Empresa Portuaria Austral, quien hizo énfasis en los aspectos positivos del proyecto, destacando los beneficios para el turismo nacional que podrían derivar de su aprobación. A continuación el señor Juan Villalón, en representación del Sindicato de Oficiales Marina Mercante Austral (SIOMMA), presentó una serie de consecuencias negativas que podría tener la eventual implementación de esta ley, destacando conflictos laborales y de competitividad. Finalmente, el señor Héctor Henríquez, en representación de Armasur, reforzó lo expuesto por SIOMMA. Una vez terminadas las presentaciones, los parlamentarios expusieron sus apreciaciones, formularon consultas e hicieron requerimientos de información complementaria.
Nos obliga a puntualizar lo siguiente:
1.- Apoyar el proyecto de apertura del cabotaje de pasajeros, y sin límite. Creemos acertada las exposiciones de la Subsecretaria de Turismo y la Gerente General de Empresa Portuaria Sur.
2.- Las expresiones del señor Villalón inspector de ITF son falsas o erróneas en su gran medida.
3.- La exposición del señor Henríquez como director de ARMASUR son incomprensibles si las contrastamos con la realidad laboral del personal embarcado bajo el alero de esa organización.
4.- Las personas que se presentaron como dirigente de los trabajadores la verdad es que no lo son, ya que ellos reciben auspicios y les son encomendadas tareas muy particulares de parte de los empresarios navieros o armadores. Además, siempre han estado en posturas distintas a la que poseen los dirigentes sindicales, lo hemos demostrado hasta la saciedad como queda plasmado en innumerables documentos a las autoridades correspondientes.    Basta mencionar el caso de otro dirigente de ese grupo, Alejandro Santibáñez que por ambición cayó en desgracia, y que en las actuales demandas laborales le han exhibido los correos y comunicaciones privadas entre él y la gerencia perteneciente a ARMASUR en que su quehacer es dedicado a favorecer a la empresa en detrimento de  los trabajadores.
El sindicato SIOMMA  representa a un pequeñísimo grupo de personas que trabajan solamente en el cruce del canal de Chacao, de unos 5.000.- metros de extensión, y sin experiencia de  verdaderas navegaciones como está grabado de una intervención del señor Alejandro Tenorio en una reunión con anteriores autoridades de gobierno.
Es impresentable que en este cruce navegue un capitán solo, sin otro oficial que pueda asumir en caso de emergencia y con turnos o guardias de 24 horas con el beneplácito de las autoridades correspondientes (Directemar, dirección del trabajo).
La aseveración que el personal trabaja 20 días y descansa 10 es falsa, puede ser que alguna empresa lo aplique, pero la mayoría no posee esos descansos.
5.- Nuestra actitud de favorecer el cabotaje marítimo de pasajeros se debe entre otras consideraciones a que los representantes de ARMASUR no respetan las actuales leyes laborales, y de navegación y convenios internacionales vigentes en Chile, por lo que en la práctica nada perderían los trabajadores embarcados.
En efecto, el inspector de ITF reclama la falta de definición de naves o buques de pasajeros sin reconocer que ella se encuentra caracterizada en la ley chilena, decreto supremo 319 del Ministerio de defensa, Subsecretaria de Marina 10 Octubre 2001 artículo 2 inciso 15, que recoge del convenio SOLAS en “Regla 2, definiciones, letra f) por buque de pasaje, un buque que transporte a más de 12 pasajeros”. Por  otra parte, menciona que abrir el cabotaje de pasajeros sería una competencia desleal ya que las naves con bandera de conveniencia pagarían menor sueldo al igual que las prestaciones sociales que las de Chile, lo que no es efectivo puesto que la mayoría de los países han firmado el convenio MLC 2006, Trabajo decente del personal embarcados OIT-OMI,  que garantiza las relaciones laborales en todo el mundo incluso la autoridad del puerto rector (la Directemar) está facultada para fiscalizar y hacer cumplir el convenio, y el valor de las  remuneraciones del personal embarcado son similares en casi todos los países del mundo. Y, sin mencionar los múltiples beneficios en subsidios que entrega el estado de Chile a nuestros armadores e incumplimiento a la legislación marítima y laboral que les favorece con la anuencia de la autoridad marítima e incapacidad fiscalizadora de las autoridades laboral, de salud,  y transporte, estas naves, con bandera chilena, se han convertido en competidoras desleales en el transporte respecto a otros medios y países.
Se adjunta publicación  en que ITF de la OCDE llama a liberalizar ley de cabotaje en Chile, https://portalportuario.cl/itf-la-ocde--llama-liberalizar-ley-cabotaje-chile/
Tampoco comprendemos que hace un representante de Salmonicultura como interlocutor del personal embarcado, sería importante aclararlo.
El director de ARMASUR señor Henríquez apelo, en varios momentos,  a la defensa de los trabajadores (suponemos que a los embarcados) que serían perjudicados con la apertura del cabotaje pero lo que no dice es que su asociación (más parecido a un cartel) mantiene listas negras en que varios dirigentes están excluidos de poder embarcarse y cumplir con su trabajo desde hace varios años. Tampoco han hecho cumplir las innumerables sentencias judiciales que favorecen a los trabajadores, ni las resoluciones de la Dirección del Trabajo  o de la I. Corte Suprema con el dictamen de la Dirección del Trabajo Numero 5163/83 en que reconoce el descanso a las 8 horas diarias en día calendario para el Capitán, el jefe de máquinas y todo el personal de abordo y por lo tanto se deberían aumentar la dotación de las naves para lograr el cumplimiento de la norma, hasta el día actual se oponen a ello. No se refiere a la precarización del trabajo al haberse instituida la figura de CONTRATO POR OBRA Y FAENA, y la permanente presión hacia los trabajadores embarcados para evitar que exijan el cumplimiento de la legislación vigente. Igualmente, nada expone sobre la sub estandarización de las naves que debemos tripular con graves deficiencias de hotelería, alimentación, alteración al disco de Plimsoll, equipos de seguridad deficientes o incompletos, etcétera.
Efectivamente, ARMASUR  han intervenido varios colegios de  la zona sur para preparar mano de obra de bajo costo y hacerla competir con la actual, de mayor valor.
Por estas consideraciones y otras que sería extenuante mencionar, es que apoyamos la modificación al cabotaje ya que presenta expectativas favorables para el desarrollo de muchas actividades directas e indirectas al transporte de pasajeros, y dar mal uso al vocablo  “defensa de los trabajadores embarcados” que en la realidad es todo lo contrario, es que podemos decir con convicción que nada de esta modificación a la ley número 3059 en su artículo 3 podría perjudicarnos.
Saludamos atentamente a usted.

P.D. Agradeceríamos poder exponer frente a ustedes la realidad laboral, con documentos en la mano. Esperando buena acogida, quedamos atentos a fechas y horas.

Correos electrónico:
fenasiomechi@hotmail.com                                     celular 56 9 54209844
jlemuy.galo@gmail.com                                            celular 56 9 75591910
j.arias.s@hotmail.com                                               celular 56 9 98146567
julio_urzua_@hotmail.com                                       celular 56 9 54209844
josepachecosanchez@gmail.com                             celular 56 9 92199439
marconsejoaustral@gmail.com                                celular 56 9 99190227

Suscriben esta presentación, La Federación Nacional de Sindicatos de Oficiales de Naves Mercantes y Especiales de Chile (FENASIOMECHI); la Federación de Sindicatos Marítimos (FESIMAR- CUT);  el Sindicato Empresa Oficiales Compañía Naviera FRASAL S.A.;   el CONSEJO SUR AUSTRAL DE TRABAJADORES DE LA MARINA MERCANTE (COSATRAM)

tribunal rechaza desafuero maternal de empresa carroña naviera carroña del sur austral de chile


Tribunal de letras del trabajo de punta arenas rechaza solicitud desafuero maternal interpuesta por empresa naviera del gremio armasur
Juzgado de letra del trabajo de punta arenas rechaza demanda de desafuero interpuesta por naviera FRASAL contra prevencioncita de riesgo embarazada, condenando en costa a la empresa, fallo que en parte señala:
“Los artículos 174 y 201 del Código del Trabajo, referidos al fuero maternal y del artículo 2 del mismo que trata de los actos de discriminación, señala que conforme a ellos la maternidad goza de una protección especial, la cual es en parte un derecho para la trabajadora, para la familia, y muy especialmente para la criatura durante el periodo de gestación y hasta que ya ha alcanzado un cierto estado de crecimiento. Protección que, por un lado, tiene por objeto asegurar a la madre trabajadora su fuente de ingresos para cuidar de su hijo, pero por otro lado, también es una forma de garantizar el derecho a no discriminación de la mujer trabajadora, y a no ser despedida por el hecho de estar embarazada. Por ello, se ha fallado reiteradamente por nuestros Tribunales de Justicia que no basta, para que el tribunal acceda a desaforar a una trabajadora la constatación objetiva de la causal invocada, sino que el juez laboral debe ponderar otros elementos a la hora de acceder al desafuero, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil, 3, 159, 160 Nº 3, 174, 201, 454 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve que: Que se RECHAZA la demanda de desafuero maternal, interpuesta por don Mario A. Canale-Mayet Alviña, en representación, de Servicios Integrales Frasur S.A., en contra de doña Lisbeth Cristina Inostroza Quezada, ya individualizados, con costas. Causa RIT O-30-2018 RUC 18-4-0090691-9 DICTADA POR DOÑA CLAUDIA ANDREA ORTIZ QUINTEROS, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUNTA ARENAS, 15 junio 2018“
Noticia en desarrollo…
Departamento marítimo CUT llanquihue