El gerente de operaciones de naviera puertomontino, haciendo abuso de
autoridad y desconocimiento de la norma laboral, obliga hacer carga en puerto a
tripulantes generales de cubierta, quienes por temor realizaron la labor, lo
que fue notificado a la autoridad marítima quien advierte de la ilegalidad, ya
que esa función corresponde realizarla
los estibadores de puerto.
Estos tipos de abusos, están muy lejos de cumplir estándares internacionales
del trabajo decente para los hombres de mar contenidos en el convenio MLC-2006,
que se encuentra en etapa de revisión en la mesa del ministerio del trabajo, comisión
donde los representantes de las organización superior Fesimar que agrupa a las tripulaciones de naves de cabotaje de
la zona sur no fueron considerados.
El hecho ocurrió en la tarde del martes 6 de noviembre.
Departamento Marítimo CUT
Antecente legal
De acuerdo al Art. 3º del Reglamento para Fijar Dotaciones Mínimas de
Seguridad, estas dotaciones tienen por finalidad "garantizar la seguridad
de la nave, la carga y los demás bienes a bordo, así como el funcionamiento de
los equipos durante la navegación".
Por otra parte, con respecto a las faenas de carga o descarga, sean
estas mercancías sólidas, a granel, líquidas (trasvasije), entre
otras, corresponde ser realizadas por Trabajadores Portuarios, según lo indica
el dictamen de la Dirección del Trabajo Ordinario Nº 09/19, de fecha 26.FEB.2015,
y no a la Dotación Mínima de Seguridad.
Cabe mencionar, que la Capitanía de Puerto efectúa patrullajes
aleatorios fiscalizando las distintas faenas de carga, descarga y trasvasije
que se efectúan dentro de los recintos portuarios, con el propósito de dar
cumplimiento a la normativa vigente, respecto a quienes les corresponde
realizar dichas tareas.
Corresponde fiscalización de estas infracciones a la autoridad marítima.
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